Arraigo socioformativo en España: nueva autorización de residencia en 2025

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Arraigo socioformativo en España: nueva autorización de residencia en 2025

El arraigo socioformativo es una nueva vía de regularización para personas extranjeras que ya se encuentran en España y desean acceder a una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Esta figura ha sido introducida por el Real Decreto 1155/2024 y representa una oportunidad clave para quienes buscan integrarse en la sociedad a través de la formación profesional o académica.

A continuación, te explicamos de forma sencilla quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos y cómo hacerlo paso a paso.

¿Qué es el arraigo socioformativo?

Se trata de una autorización de residencia temporal destinada a personas extranjeras que hayan vivido en España de forma continuada durante al menos dos años y que estén:

  • Matriculadas o cursando formación reglada,
  • O comprometidas a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo,

…siempre que esa formación esté vinculada a ocupaciones de difícil cobertura según el catálogo publicado por cada Comunidad Autónoma.

Además, deberán demostrar su integración social mediante un informe emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente.

Requisitos para solicitar el arraigo socioformativo

Para acceder a esta autorización, es necesario cumplir con los siguientes criterios:

  • Haber residido dos años continuados en España, con ausencias que no superen los 90 días en total.
  • No tener nacionalidad de un país de la UE, EEE o Suiza.
  • No tener antecedentes penales en España ni en países donde se haya residido en los últimos cinco años.
  • No estar tramitando una solicitud de protección internacional ni tenerla pendiente de resolución.
  • No figurar como inadmitido en otros países con convenio con España.
  • No representar un riesgo para la seguridad, salud u orden público.
  • Estar matriculado o comprometido a realizar una formación como:
    • Educación secundaria postobligatoria.
    • Formación Profesional de grados 1, 2 o 3 (nivel C).
    • Formación para adultos en modalidad presencial.
    • Formación del SEPE vinculada a ocupaciones de difícil cobertura.
  • Contar con un informe de integración social expedido por la comunidad autónoma.

Documentación necesaria

Para tramitar esta autorización, se debe presentar:

  • Formulario EX-10 debidamente cumplimentado y firmado.
  • Copia del pasaporte completo y en vigor.
  • Pruebas de permanencia continuada en España durante al menos dos años (empadronamiento, informes médicos, registros públicos).
  • Certificado de antecedentes penales traducido y legalizado del país de origen y de residencia en los últimos cinco años.
  • Informe de integración social emitido por los servicios sociales autonómicos.
  • Compromiso escrito o matrícula en la formación correspondiente.
  • Traducción jurada de los documentos emitidos en otros idiomas, legalizados o apostillados según el caso.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente (modelo 790, código 052).

¿Cómo se presenta la solicitud

  • Sujeto legitimado: la persona extranjera o su representante legal si es menor o incapaz.
  • Plazo: debe presentarse dos meses antes del inicio oficial del periodo de matriculación.
  • Lugar: presencialmente en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
  • Tasa: el abono se realiza tras la admisión a trámite y debe pagarse en un plazo de 10 días hábiles.

Una vez presentada la solicitud, la administración dispone de tres meses para resolver. En caso de no recibir respuesta en ese tiempo, se entiende denegada por silencio administrativo.

¿Qué ocurre después de la concesión?

  • La persona solicitante deberá matricularse efectivamente en el plazo de tres meses desde la notificación.
  • En un plazo de un mes deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la comisaría correspondiente.
  • La autorización tendrá una vigencia de un año.
  • Es posible solicitar una prórroga, siempre que se cumplan condiciones como:
    • Promoción al segundo curso en caso de FP.
    • Finalización del curso con obtención de título.
    • Inscripción activa en el servicio público de empleo.

El arraigo socioformativo se convierte en una de las opciones más importantes para regularizar la situación de muchas personas extranjeras en España. Esta vía no solo facilita el acceso a una residencia legal, sino que impulsa la integración a través de la educación y la formación profesional.

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