ARRAIGO LABORAL EN 2023: CÓMO SOLICITARLO PASO A PASO

La autorización de residencia por arraigo laboral es uno de los tipos de residencia por circunstancias excepcionales que también se ha modificado con la última reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería.
Es por ello que queremos ponerte al tanto de las novedades y además explicarte detalladamente cada paso que debes seguir para que tu trámite de arraigo laboral sea exitoso.
Sigue leyendo porque te vamos a explicar donde se regula este trámite, pero sobre todo, como siempre, lo que sabemos que te interesa: cuáles son los requisitos para su concesión, qué documentos vas a necesitar y el procedimiento para su tramitación.
Se trata de una autorización de residencia y trabajo que podrán solicitar aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentren en situación irregular en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses en situación regular de estancia o residencia.
Normativa que regula el arraigo laboral:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31.3)
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 123 a 130).
¿Qué requisitos deberás cumplir para que te concedan el arraigo laboral?
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia, durante los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
- Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
¿Qué documentos deberás aportar para tu trámite?
Con carácter general se deberán aportar los documentos que vamos a citar a continuación, sin perjuicio de que en cada caso concreto pueda ser aconsejable aportar alguno más para acreditar mejor ciertas circunstancias.
Es por ello por lo que resulta recomendable contar con la ayuda y asesoramiento de un profesional para gestionar tu trámite de arraigo laboral.
Los documentos que se deberán aportar con carácter general serán los siguientes:
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años. La documentación que se aporte deberá contener los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española. A título de ejemplo, se tomarán en consideración documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que justifique la presencia en España.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
- Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, en situación legal de estancia o residencia en los últimos dos años.
- A estos efectos, la actividad laboral por cuenta ajena deberá suponer, como mínimo, una jornada de 30 horas semanales en el periodo de seis meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses.
- En el caso de trabajo por cuenta propia se deberá acreditar una actividad continuada de, al menos, seis meses.
¿Dónde deberás presentar tu solicitud?
La solicitud de arraigo laboral deberás presentarla en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que tengas fijado tu domicilio, es decir, en aquella provincia en la que te encuentres empadronado en el momento de la solicitud.
También podrás presentar tu solicitud telemáticamente por medio de la plataforma Mercurio.
O bien, si lo prefieres puedes contar con un profesional autorizado, experto en la materia que se encargue de presentar por ti uno de los primeros trámites más importantes en tu proceso migratorio. De este modo tendrás la certeza de que no cometerás errores y de poder obtener una resolución favorable con mayor rapidez.
Duración de la autorización
Una vez te concedan la autorización de residencia por arraigo laboral, esta llevará aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia en España durante su vigencia.
En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
Llegados a este punto, si hay algún aspecto de la tramitación que no te ha quedado claro y prefieres que un equipo de expertos en materia de migración, extranjería y nacionalidad española valore tu caso, revise tu documentación y presente tu expediente, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del formulario de contacto. Nosotros nos encargamos de llamarte para poder comenzar con tu trámite a la mayor brevedad posible.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, ponte en manos de un equipo experto en la materia. Rellena el siguiente formulario con tus datos y nos pondremos en contacto contigo para comenzar con todo cuanto antes.
Si quieres realizar algún tipo de trámite pero no sabes cuál es el más adecuado para ti o bien si tienes dudas acerca de los requisitos, documentación necesaria, etc. puedes programar una asesoría personalizada con nosotros para que te expliquemos detalladamente cada paso que debes dar para que tu trámite sea un éxito.
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