Arraigo en España 2025: Guía actualizada para solicitar la residencia por circunstancias excepcionales
El arraigo es una autorización de residencia temporal en España pensada para personas extranjeras que ya llevan tiempo en el país y que han generado vínculos sociales, familiares, laborales o formativos. Se trata de un permiso por circunstancias excepcionales, regulado en el nuevo Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre.
En esta guía actualizada te explicamos los diferentes tipos de arraigo, los requisitos comunes y específicos, así como dónde y cómo se presenta la solicitud.
¿Qué tipos de arraigo existen?
El Real Decreto distingue cinco modalidades de autorización por arraigo:
- Arraigo de segunda oportunidad – Para quienes ya tuvieron una autorización de residencia que no pudieron renovar o prorrogar.
- Arraigo sociolaboral – Vinculado a la acreditación de relaciones laborales en España.
- Arraigo social – Basado en vínculos familiares con residentes o en un informe de integración social.
- Arraigo socioformativo – Para personas que estén cursando o comprometidas a realizar una formación reconocida en España.
- Arraigo familiar – Para progenitores o tutores de menores de la UE, EEE o Suiza, o quienes prestan apoyo a una persona con discapacidad de esos países.
Requisitos generales
Para cualquier tipo de arraigo, deberás cumplir con estas condiciones:
- Estar en España y no ser solicitante de protección internacional en el momento de pedir el arraigo ni durante su tramitación.
- Haber residido en el país de forma continuada durante al menos dos años (excepto el arraigo familiar, que no exige permanencia mínima).
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido los últimos cinco años.
- No representar una amenaza para el orden público o la seguridad.
- No figurar como “rechazable” en acuerdos internacionales de España.
- Haber abonado la tasa de tramitación correspondiente.
Vigencia y prórrogas
- La mayoría de autorizaciones por arraigo tienen una vigencia de 1 año.
- El arraigo familiar se concede por 5 años.
- Al vencer, puede solicitarse una prórroga de un año si se cumplen los requisitos de empleo, formación o integración correspondientes.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud de arraigo se realiza en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que resides habitualmente.
Novedades del nuevo Reglamento
El Real Decreto 1155/2024 ha introducido ajustes importantes:
- Define con más claridad los requisitos laborales en el arraigo sociolaboral (contratos, jornada mínima, empleadores).
- Amplía el catálogo de estudios válidos para el arraigo socioformativo.
- Establece condiciones más concretas para la prórroga de autorizaciones.
Conclusión
El arraigo en España es una vía legal para regularizar la situación de miles de personas extranjeras que ya forman parte activa de la sociedad. Cada modalidad responde a una realidad distinta: trabajo, vínculos familiares, integración social o estudios.
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